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Claves para afrontar la crisis del Covid-19

Claves para afrontar la crisis del Covid-19

Administraciones, organismos públicos, asociaciones, empresas y entidades han adoptado medidas para tratar de paliar la propagación del virus tanto en la ciudad como en los pueblos.

Las administraciones, organismos públicos, asociaciones y entidades han tomado diferentes medidas y han realizado anuncios hacia la población para intentar mitigar la propagación de la enfermedad. Aquí repasamos las más fundamentales.

Medidas recomendadas. «implementen y respeten» las medidas recomendadas contra el coronavirus, hagan un «uso racional» de los recursos y no creen ni difundan bulos no contrastados con las fuentes oficiales.

Un metro de distancia. Una actualización del procedimiento de actuación en casos de infección por coronavirus Covid-19,  se incluyen medidas complementarias de actuación en relación con la atención a las personas que acuden a la farmacia.

Alimentos asegurados. Lavar y mantener la higiene de los alimentos que vamos a consumir es de vital importancia, ya que el microorganismo del covid-19 es capaz de vivir por horas en ciertas superficies.

Comer fuera de casa. Es importante destacar que mientras menos contacto con aglomeración de personas, corremos menos riesgo de contribución a la propagación de dicha pandemia.

Mascotas sin virus. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha asegurado que «no hay pruebas» de que los animales de compañía como perros o gatos puedan estar infectados con el coronavirus Covid-19, por lo que no pueden propagarlo.

Permanecer en casa. Las personas que padecen el nuevo covid-19  que puedan permanecer en casa, gracias a que su sintomatología es leve, deberán estar solas en una habitación y comunicarse por teléfono o por un intercomunicador con el resto de personas que habiten la casa.

Centros cívicos. El Ayuntamiento de Valladolid cerrará todos los centros cívicos y de personas mayores, las bibliotecas, museos y teatros, además de cancelar pruebas deportivas como la carrera Ríos de Luz que se iba a disputar el 21 de marzo, o la suspensión del Deporte Escolar.

Claves para afrontar la crisis del Covid-19

Estado de Salud del Trabajador y Empresario

Estado de Salud del Trabajador y Empresario.

Una de las obligaciones generales atribuidas a la figura del empresario en materia de seguridad y salud consiste en vigilar el estado de salud de los trabajadores a su cargo. La regulación de este deber viene incluida en el punto 14) del artículo 7 del Decreto nº 522-06, del 17 de octubre de 2006, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Tal y como dispone la norma, todo empresario está obligado a garantizar a los trabajadores a su cargo la vigilancia periódica de su estado de salud, en función de los riesgos inherentes al trabajo. La vigilancia de la salud se llevará a cabo principalmente a través de reconocimientos médicos iniciales y periódicos, no pudiendo éstos últimos presentar una periodicidad que exceda un año.

Los reconocimientos médicos y cualquier actividad de vigilancia de la salud, en el lugar de trabajo, deben ser realizados por médicos que tengan la especialidad o master en salud ocupacional o bajo la supervisión de éstos.

Además de estas obligaciones generales en materia de vigilancia del estado de salud de los empleados, a lo largo del contenido de la norma se establecen disposiciones adicionales en esta materia y que deberán tenerse en consideración cuando el trabajador esté expuestos a riesgos profesionales concretos. Es el caso, por ejemplo, de los trabajadores que operan de forma habitual con pantallas de visualización de datos, cuya regulación viene dispuesta en el Punto Segundo del Título II de la Resolución nº 04/2007, del 30 de enero de 2007, por la que se establecen las Condiciones Generales y Particulares de Seguridad y Salud en el Trabajo. En el artículo 2.26 de dicha sección, se disponen requisitos específicos en cuanto a la vigilancia de la salud de estos trabajadores, que se resumen en lo siguiente:

• El empresario garantizará el derecho de los trabajadores a una vigilancia adecuada de su salud, teniendo en cuenta en particular los riesgos para la vista y los problemas físicos y de carga mental, el posible efecto añadido o combinado de los mismos, y la eventual patología que pudiera derivarse. Dicha vigilancia deberá ofrecerse a los trabajadores en las siguientes ocasiones:

o Antes de comenzar a trabajar con una pantalla de visualización.

o Posteriormente, con una periodicidad ajustada al nivel de riesgo a juicio del médico responsable.

o Cuando aparezcan trastornos que pudieran deberse a este tipo de trabajo.

• Cuando los resultados de la vigilancia de la salud a que se refiere la presente Resolución lo hiciese necesario, los trabajadores tendrán derecho a un reconocimiento oftalmológico.

Estado de Salud del Trabajador y Empresario.

Seguridad y Salud, derechos y deberes del empresario 

Seguridad y Salud, derechos y deberes del empresario 

Las obligaciones generales legalmente exigidas a la figura del empresario en materia de seguridad y salud ocupacional vienen dispuestas en el artículo 6 y siguientes del Decreto nº 522-06, del 17 de octubre de 2006, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Tal y como dispone el artículo 6 de la norma, el empresario ostenta la responsabilidad general de proteger a sus trabajadores frente a los riesgos laborales a los que puedan estar expuestos. Este deber de protección deberá darse en todos los aspectos relacionados con el trabajo, adoptando a tales efectos cuantas medidas sean necesarias.

También se establece la obligación del empresario de atender a las obligaciones contenidas en otras normas y regulaciones específicas en materia de seguridad y salud (desarrolladas a lo largo de los apartados que componen la presente guía) y del Código de Trabajo.

Además, se dispone en el mismo artículo el deber del empresario de registrar los datos relativos a los accidentes de trabajo, así como incidentes que comporten daños materiales con motivo del ejercicio de la actividad de la empresa.

Por otra parte, el artículo 7 del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo establece una serie de obligaciones específicas que contribuyen al cumplimiento del deber general de protección al que hace referencia el artículo anterior de la norma, siendo éstas:

• Evitar los riesgos en su origen.

• Planificar la prevención, en un conjunto coherente que integre la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.

• Controlar los riesgos que no se puedan evitar desde el punto vista técnico.

• Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con el objetivo de atenuar el trabajo monótono y repetitivo y reducir los efectos negativos sobre la salud.

• Tomar en cuenta la evolución tecnológica en relación a la prevención de riesgos laborales.

• Sustituir lo peligroso por lo que implique el menor riesgo posible o ningún riesgo para el trabajador.

• Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.

• Dar las debidas instrucciones a los trabajadores en relación a la prevención.

• Proporcionar, sin ningún coste para el trabajador, los equipos de protección individual adecuados.

• Adoptar las medidas de prevención, apropiadas a las características de las diferentes ramas de actividad económica y de los diferentes tipos de trabajo.

• Tomar las medidas necesarias, en lo que atañe a la duración del trabajo y a los periodos de descanso, para que no causen daño a la seguridad y a la salud de los trabajadores; así como tomar las medidas razonables y factibles con miras a eliminar toda fatiga física o mental excesivas.

• Cuando se haya producido un daño a la salud de los trabajadores, realizar una investigación al respecto, a fin de detectar las causas que van originado dicho daño.

• Prever la disponibilidad de un servicio de medicina en el trabajo, dentro de la empresa o mediante acuerdos con un organismo exterior.

• Garantizar a los trabajadores a su cargo la vigilancia periódica de su estado de salud, en función de los riesgos inherentes al trabajo.

• Tomar medidas de control ante cualquier riesgo que haya sido identificado.

Seguridad y Salud, derechos y deberes del empresario 

Derechos Laborales del Servicio Doméstico

Derechos Laborales del Servicio Doméstico

Los trabajadores domésticos son aquellos que se dedican u ofrecen un servicio, de modo exclusivo y en forma habitual y continua, a labores de cocina, aseo, asistencia y demás acciones propias de un hogar o de otro sitio de residencia o habitación particular.

El trabajo doméstico es sin lugar a dudas un aspecto fundamental en las familias, especialmente, donde tanto el hombre como la mujer deben salir temprano a trabajar, y para que ambos puedan desempeñarse co­rrectamente en sus roles, las tareas del hogar deben seguir funcionando de manera adecuada.

Cuando no hay per­sonal de servicio en la casa, esta se convierte en un problema, ya que uno enfrenta la problemática de tener que ir al trabajo, dejar la casa sucia y la comida sin preparar. En fin, el servicio doméstico es una necesidad en la realidad dominicana y en la medida de las posibili­dades de cada familia, es preciso asignar un debido presupuesto para estos fines.

Con el objetivo de brindarte infor­mación sobre el correcto pago de las prestaciones a estas personas que son de tanta importancia para el buen funcio­namiento de nuestros hogares y para nuestra tranquilidad emocional, consulta­mos el Código de Trabajo de la República Dominicana, e investigamos sobre las regulaciones del trabajo doméstico, lo que entendemos te ayudará a presupuestar correctamente este renglón de gastos y a evitar sorpresas en el proceso.

Trabajadores Domésticos y los Salarios

Trabajadores domésticos son las personas que se dedican de modo exclusivo y en forma habitual y continua a labo­res de cocina, aseo, asistencia y demás acciones propias de un hogar o de otro sitio de residencia o habitación particular, que no importe lucro o negocio para el emplea­dor o sus parientes. No son domésticos los trabajadores al servicio del consorcio de propietarios de un condominio.

Salvo acuerdo en contrato, la retribución de los domésticos comprende, además de los pagos en dinero, alojamiento y alimentos de calidad corriente. Los ali­mentos y habitación que se den al trabajador doméstico se estiman como equivalentes al cincuenta por ciento del salario que reciba en numerario.

Por ejemplo: si tienes contratada una persona con un salario de RD$9,000, debes contemplar que estarás gastando RD$4,500 pesos adicionales en comida, uni­formes, habitación, luz consumida, entre otros. Aunque este monto no lo ves de manera directa, es preciso que estés consciente de que tener una persona adicional viviendo en tu casa, te representará un gasto más o menos similar.

Derechos Laborales del Servicio Doméstico

Código de Trabajo y las Vacaciones

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Código de Trabajo y las Vacaciones

En esta oportunidad, queremos dar a conocer la cantidad de días de vacaciones que le corresponde tomar a un empleado, y si estos días deben ser pagados por el empleador.

Días de Vacaciones
 

El Código de Trabajo, en el artículo 177, establece que los empleadores tienen la obligación de conceder a todo trabajador un período de vacaciones de catorce días laborables, con disfrute de salario. Esta última parte (con disfrute de salario) la explicaremos en el siguiente punto. Aquí nos enfocaremos a tratar lo relacionado al tiempo de vacaciones.

Conforme al artículo 178, el trabajador adquiere el derecho a vacaciones cada vez que cumpla un año de servicio ininterrumpido en una empresa. Y en el caso que el trabajador labore bajo el régimen de un contrato por tiempo indefinido, y que sin culpa alguna de su parte, no pueda tener oportunidad de prestar servicios ininterrumpidos durante un año a causa de la índole de sus labores, o por cualquier otra circunstancia, tienen derecho a un período de vacaciones proporcional al tiempo trabajado, si éste es mayor de cinco meses (art. 179).

Para el empleado bajo el régimen antes citado, o sea, que no pueda cumplir un año de labor de manera ininterrumpida, el artículo 180 establece la siguiente escala:

• Trabajadores con más de cinco meses de servicios, seis días.

• Trabajadores con más de seis meses de servicios, siete días.

• Trabajadores con más de siete meses de servicios, ocho días.

• Trabajadores con más de ocho meses de servicios, nueve días.

• Trabajadores con más de nueve meses de servicios, diez días.

• Trabajadores con más de diez meses de servicios, once días.

• Trabajadores con más de once meses de servicios, doce días.

Un punto importante a aclarar, es que no importa que el empleado tenga un año o diez laborando en la empresa, los días de vacaciones que le corresponden son catorce. ¿Por qué decimos estos? Porque muchos empleados creen que si ellos tienen de uno a cuatro años laborando, les corresponden catorce días de vacaciones, y si tienen más de cinco años les corresponden dieciocho días de vacaciones. No importa el tiempo que tengamos laborando después del año, los días de vacaciones siempre serán catorce.

Si algún empleado recibe más de catorce días de vacaciones, es porque el empleador así lo quiere regalar o gratificar al empleado, ya que como hemos dicho, los días establecido por ley, son catorce.

Ahora bien, a lo que el empleado tiene derecho, dependiendo los años de servicios, es a que se le paguen catorce o dieciocho días de salario ordinario. Punto este que pasamos a explica

Para más información ver:

Posibilidad de fraccionar las vacaciones

Calcular Pago de Vacaciones en Rep. Dominicana

 

Código de Trabajo y las Vacaciones

 

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Aprobación de Reglamento interno de una Empresa

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Aprobación de Reglamento interno de una Empresa

El reglamento interno de trabajo es un documento de suma importancia en toda empresa, debido a que se convierte en norma reguladora de las relaciones internas de la empresa con el trabajador.

El Reglamento Interno de Trabajo, siempre que no afecte los derechos mínimos del trabajador, es una herramienta indispensable para resolver los conflictos que se llegaren a presentar dentro de la empresa, y es tan importante que si no existiera, sería muy difícil sancionar a un trabajador por algún acto impropio, puesto que no habría ninguna sustentación normativa o regulatoria que ampare una decisión sancionatoria.

El reglamento interno del trabajo, se encarga de contemplar aquellos aspectos no contemplados de forma expresa por la ley, o que simplemente han quedado al libre albedrío de las partes.

Código de trabajo en sus normas complementarias en la página 60 podrá encontrar el pro cimiento, procedo a enviarlo tal como lo dice desde el artículo 129 al 134. Si el mismo cumple con estos requisitos no habrá inconveniente, se lo sellaran y recibirán el mismo día.

Ii: del reglamento interior de trabajo art. 129.-

Reglamento interior de trabajo es un conjunto de disposiciones obligatorias para los trabajadores y empleadores que tiene por objeto organizar las labores de una empresa.

Art. 130.- el empleador puede formular o modificar por sí solo el reglamento interior de trabajo siempre que observe las prescripciones del presente título y que sus disposiciones no sean contrarias a las leyes de orden público, o a los convenios colectivos y a los contratos de trabajo. Art. 131.- el reglamento interior de trabajo puede contener las enunciaciones siguientes:

  1. Condiciones generales del trabajo de la empresa que no hayan sido previstas en los convenios colectivos o en los contratos de trabajo;
  2. Normas a las cuales deben sujetarse la ejecución de las labores de la empresa;
  3. Reglas de orden técnico y administrativo aplicables a los mismos trabajos;
  4. Horas de principio y fin de la jornada de trabajo, tiempo determinado para las comidas y períodos de descanso durante la jornada;
  5. Días y horas fijadas para hacer la limpieza de las máquinas, aparatos, locales y talleres;

Código de trabajo de la república dominicana 61

  1. Indicaciones para evitar que se realicen los riesgos profesionales e instrucciones para prestar los primeros auxilios en casos de accidentes;
  2. Indicaciones de los trabajos que tienen carácter temporal o transitorio;
  3. Días y lugares de pago;
  4. Disposiciones disciplinarias y formas en que se aplican;
  5. Las demás disposiciones que el empleador estime convenientes dentro de la capacidad que le atribuye este código.

Art. 132.- no se pueden establecer en el reglamento interior de trabajo otras medidas disciplinarias distintas a las señaladas en el artículo 42. Art. 133.- para que el reglamento interior de trabajo pueda ejecutarse deben llenarse los siguientes requisitos:

  1. Imprimirse o escribirse con caracteres fácilmente legibles; 2. Fijarse en los lugares más visibles del establecimiento;
  2. Depositarse en la oficina del departamento de trabajo o de la autoridad local que ejerza sus funciones, que recibirá dos ejemplares y firmará los que el empleador necesite.

Art. 134.- si el reglamento interior de trabajo no satisface los requisitos legales o contiene disposiciones prohibidas, los trabajadores interesados, sus representantes o el sindicato pueden pedir su anulación o rectificación ante el juzgado de trabajo.

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¿Qué hacer para prevenir una demanda laboral?

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¿Qué hacer para prevenir una demanda laboral?

Enfrentar una demanda en la empresa no es tarea fácil, sin embargo saber como prevenir una demanda laboral, podría simplificar la vida del empresario, a continuación te presentamos las medidas más sencillas para así evitarte dolores de cabeza.

Medida 1:

Obtén el mejor seguro posible

Es aconsejable tener un seguro contra una posible demanda. El seguro de responsabilidad general usualmente sirve como la primera línea de defensa en caso de demanda laboral. Por lo general, cubrirá los juicios relacionados con: publicidad falsa, daños a la propiedad, lesiones en tu negocio, y sucesos similares que pueden generar una demanda. Dependiendo de la naturaleza exacta de tu negocio, puedes necesitar un seguro más especializado.

Conoce aquí ¿Cuándo puede ocurrir una demanda laboral?

Si tienes seguro, tu póliza generalmente cubrirá los honorarios de los abogados, los costos de la sala del tribunal y a menudo, el dinero (o «daños») que debas pagar como parte de un acuerdo. En resumen, el seguro brinda protección económica para tu pequeña empresa, por lo que no corres el riesgo de perder tu negocio debido a una demanda. Por supuesto, si estás buscando un seguro comercial, debes examinar la política detenidamente. Asegúrate de hacer preguntas específicas a tu aseguradora, como «¿qué cubre su seguro de negocios?» o «¿su seguro de negocios cubre las demandas laborales?»

Medida 2:

Hazte con un buen abogado

Otra buena manera de estar preparado para una demanda laboral es contar de antemano con un abogado de confianza. Si buscas un abogado una vez que ya has recibido una demanda, te será difícil encontrar uno con buena reputación. Por eso te recomendamos hacer las debidas diligencias por adelantado, para encontrar un abogado altamente cualificado y con experiencia en casos de demandas laborales. Esto puede conllevar el pago de una tarifa mensual para que cuando llegado el momento y lo llames, tu abogado esté disponible.

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¿Cuándo puede ocurrir una demanda laboral?

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¿Cuándo puede ocurrir una demanda laboral?

Para reducir tus posibilidades de ser demandado, el primer paso es averiguar en qué situaciones podría darse una demanda laboral y de qué áreas de tu empresa eres legalmente responsable.

Es por esta razón que el objetivo de una demanda es poner fin a una disputa entre dos partes (empresas e individuos), es importante conocer los posibles escenarios y situaciones que conducen a estos casos.

-Desacuerdos contractuales

Ocurren cuando cualquiera de las partes en un contrato tiene un desacuerdo con respecto a cualquiera de los términos o definiciones del contrato, o en otras palabras, cuando se produce un incumplimiento del contrato. Son una fuente muy común de riesgo para las empresas: este artículo en RocketLawyer señala que este tipo de demanda representa aproximadamente el 60 por ciento de los cerca de 20 millones de casos civiles presentados cada año.

-Agravios

Otras situaciones a las que pueden enfrentarse las pequeñas empresas se denominan «agravios». Puede tratarse de agravios a la propiedad, agravios de responsabilidad civil, infracciones de dignatarios, y casos de negligencia.

El escenario típico que conduce a una demanda por daños a la propiedad ocurre cuando el propietario o casero de un local comercial demanda a la empresa que está alquilando la propiedad por daños en las instalaciones. Los accidentes por resbalones y caídas también se consideran agravios, así como cualquier incidente en el que un cliente se lesiona mientras está en un negocio o mientras usa artículos que el negocio produce.

Como medida de sentido común, asegúrate de que tu tienda o ubicación comercial cumple con los más altos estándares de seguridad e higiene.

-Incumplimientos en el proceso de contratación

Bajo la ley federal, un empleador no puede discriminar ilegalmente en su proceso de contratación por cuestiones de raza, nacionalidad, género, embarazo, edad, discapacidad o religión. Tenlo en cuenta cuando estés contratando nuevo personal. Si vas a contratar a empleados por primera vez.

-Violaciones a la propiedad intelectual

Debes estar al tanto de los derechos de autor, patentes y marcas registradas. Cuando utilizas la propiedad intelectual de otra empresa o individuo para tu propio negocio y beneficio, podrías ser responsable de usufructo y daños monetarios.

-Problemas con empleados y competidores

Tener empleados es otro factor de riesgo, sobre todo si tienes que firmar una gran cantidad de contratos, y especialmente si estos son complejos. Incluso el éxito de tu empresa te hace más susceptible a recibir una demanda laboral: tus competidores pueden presentar quejas para dificultar tu progreso, o los empleados descontentos pueden presentar quejas injustificadas.

Aunque suene obvio, haz siempre lo posible para mantener felices a tus empleados. Al tomar algunas simples medidas, reducirás exponencialmente las posibilidades de ser demandado por tus empleados.

Ten en cuenta que no todas las empresas están expuestas al mismo tipo y nivel de riesgo. Tus posibilidades de verte involucrado en una demanda laboral pueden depender mucho del tipo de exposición que tenga tu negocio. Por ejemplo, si tienes una tienda que atiende a clientes, es posible que alguien que se resbale y se caiga en el piso mojado presente una demanda.  

Por el contrario, si tu negocio solo opera en línea, no tienes la misma exposición, pero tus posibilidades de infringir los derechos de propiedad son mayores.

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Enfrentar una demanda en la empresa

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Enfrentar una demanda en la empresa

En el caso que usted presenta lo recomendable es negociar con la colaboradora y su abogado si ella ya firmo Cuota Litis  y usted  entiende que existe alguna posibilidad de que ella pruebe cualquiera de las causas por las cuales ejerció la dimisión, ya que con una sola que pueda probar este caso tiene mucha probabilidad de recibir un fallo en corte a favor de la colaboradora.

Si usted posee las pruebas para demostrar que  las pruebas  presentadas por la empleada son injustas y tiene un buen expediente entonces debe pedir al ministerio de trabajo un informe de lo que ella presento ante ellos como prueba, si no se llega a un acuerdo con ella y su abogado entonces comenzara el proceso de notificaciones para cita ante el tribunal.

Aquí le dejamos algunos artículos del código de trabajo donde se especifica las causas de dimisión.

El trabajador que presente su dimisión y abandone el trabajo por cualquiera de las causas enumeradas en el artículo 97 no incurre en responsabilidad.

Art. 100.- En las cuarenta y ocho horas siguientes a la dimisión, el trabajador la comunicará, con indicación de causa, tanto al empleador, como al Departamento de Trabajo o a la autoridad local que ejerza sus funciones. La dimisión no comunicada a la autoridad del trabajo correspondiente en el término indicado en este artículo se reputa que carece de justa causa. El trabajador no está obligado a cumplir esta obligación si la dimisión se produce ante la autoridad de trabajo correspondiente.

Art. 101.- Si como consecuencia de la dimisión surge contención entre las partes y el trabajador prueba la justa causa invocada por él, el tribunal declarará justificada la dimisión y condenará al empleador a las mismas indemnizaciones que prescribe el artículo 95 para el caso de despido injustificado.

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Art. 102.- Si no se comprueba la justa causa invocada como fundamento de la dimisión, el tribunal la declarará injustificada, resolverá el contrato de trabajo por culpa del trabajador y condenará a éste al pago de una indemnización en favor del empleador igual al importe del preavisto

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